sábado, 9 de mayo de 2009

Recurso de Nulidad del numeral 1° del art. 500 del COPP ante el TSJ

Desde hace mas de 5 años, los internos de todos los penales del pais, han protestado por la aplicacion del numeral 1 del articulo 500 del COPP, hasta ahora muchos han sido los recuros que se han introducido ante el TSJ con nulos resultados. hasta ahora la poblacion de internos de Venezuela habia actuado cada quien por su cuenta y con sus propios esfuerzos.

hoy como una muestra de la union que existe entre los diferentes penales que conforman la red penitenciaria venezolana, se escogio al internado Judicial Vista hermosa en Ciudad Bolivar para llevar la unica voceria autorizada para elevar el sentimiento colectivo.

Con el inicio de una protesta pacifica, que incluyo voluntariamente a las visitas de los internos, se llamo aldialogo a los diferentes factores de poder dentro del estado, a los efectos que se sentaran con nosotros para darle rapida solucion a nestras demandas por lo demas ajustadas a la ley y al derecho

nuestro argumento basico es que el numeral 1 del art. 500 del COPP, esta en franca contradiccion con lo que esta expresado en nuestra carta magna, violentando los articulos 19, 21 y 272 de la misma y por lo tanto causando un perjuicio al reo que haya sido condenado previamente en un lapso de diez años.

los reclusos en esta situacion no tienen derecho a las formulas alternativas del cumplimiento de la pena, siendo esto violatorio de la progresividad en los derechos humanos, expresado en el art. 19 de la constitucion asi como del art. 272 ejusdem que establece que se dara preferencia a los sistemas abiertos de cumplimiento de la pena, antes que los reclusivos, y el 21 que reza sobre la igualdad de derechos que todo ciudadano de la republica tiene y que la aplicacion del numeral 1° limita dicho derecho al negarle a un individuo el derecho que gozan los demas, reclusos en este caso.

una vez concluidas las negociaciones con el Dr. Serrano, los representantes de la defensa publica, encabezados por el Dr. Daniel Ramirez, Coordinador nacional, la Dra. Maria M. Berthe, coordinadora nacional de la Fiscalia de derechos fundamentales, el Dr. Douglas Camero, de la Defensoria del Pueblo, se comprometieron a consignar ante el Tsj, sala constitucional, el recurso de nulidad de dicho ordinal junto con la solicitud de una medida cautelar innominada que suspenda la aplicacion de dicho numeral hasta tanto no se decida

visto que publica y notoriamente se consigno ante el TSJ el recurso de nulidad producido por la mesa de negociacion, hecho este via la coordinacion de la defensa publica, los voceros de Vista hermosa en conjunto con los demas Penales, decidieron cesar el conflito y darle una vez mas un voto de confianza al TSJ pediendolemuy respetuosamente que de la celeridad necesaria para pronunciarse en torno a nuestras solicitudes.

asi es que el 27 de abril del 2009, ceso el conflicto y solo queda esperara que el TSJ se pronuncie para lo cual hemos establecido un lapso de 15 dias contados a partir del lunes 27 de Abril de 2009

estamos esperando por el TSJ!!!